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Régimen fiscal de una empresa: normativas clave - HolaSoft

Escrito por Dpto. de Marketing de HolaSoft | 13/07/23 23:00
El régimen fiscal de una empresa determina las obligaciones tributarias y contables a las que está sujeta.

ÍNDICE

1. Régimen fiscal de una empresa.

1.1. Sistemas de tributación de las sociedades mercantiles.

1.2. Regímenes fiscales de los autónomos.

1.3. El IVA.

2. Estatuto de autónomos.

3. Normativa fiscal.

Se denomina régimen fiscal de una empresa al conjunto de normas y leyes que determinan sus obligaciones tributarias. En España, autónomos y entidades mercantiles tienen diferente normativa fiscal. Incluso, dentro de cada grupo, existen distintas posibilidades en función de las características de sus respectivos negocios. Es decir, según su actividad o volumen de ingresos.

 

1. Régimen fiscal de una empresa

Fiscalmente, una empresa puede tener forma de sociedad mercantil o estar a nombre de una persona física o autónomo. En un caso y otro estarán sujetas a distintos regímenes tributarios que se adaptan a sus peculiares condiciones. Los segundos tienen modalidades fiscales y contables más sencillas que los primeros. Pero, en todos los casos, lo mejor para cumplir con ellas es disponer de un software especializado como los que ofrece HolaSoft.

En todo caso, unos y otros tienen regímenes de impuestos que los obligan a declarar sus ingresos por dos conceptos:

  • Por el impuesto sobre el valor añadido (IVA).
  • Por sus ganancias (IRPF o impuesto de sociedades).

1.1. Sistemas de tributación de las sociedades mercantiles

Como norma general, las sociedades anónimas, limitadas o de otro tipo pagan por sus beneficios a través del impuesto de sociedades, que tiene carácter anual. No obstante, pueden hacerse pagos fraccionados en los meses de abril, octubre y diciembre. Asimismo, el tipo general que se aplica a la base imponible es del 25 %.

Sin embargo, en el País Vasco se reduce al 24 % y en Navarra sube hasta el 28 %, mientras que en Canarias es un tipo reducido del 4 %. Igualmente, hay deducciones en función de las características de la sociedad mercantil. Por ejemplo, las de nueva creación solo pagan el 10 % y las cooperativas fiscalmente protegidas el 20 %.

1.2. Regímenes fiscales de los autónomos

Por su parte, los autónomos o empresarios individuales pueden estar en varias modalidades de tributación. Hallarse en una u otra depende de distintos criterios. Entre ellos, de la actividad a la que se dedican y de su nivel de ingresos. Pero, como norma general, su normativa fiscal incluye tres sistemas:

  • Estimación directa normal. Se aplica a personas físicas con volumen de ingresos superior a 600 000 euros y que se dedican a determinadas actividades.
  • Estimación directa simplificada. Empresarios individuales con ganancias inferiores a 600 000 euros y que no han renunciado a esta modalidad.
  • Estimación objetiva o módulos. Solo es aplicable a determinadas actividades y a quienes hayan renunciado al régimen anterior. Además, en general sus ingresos no pueden superar los 150 000 euros.

1.3. El IVA

Tanto sociedades mercantiles como autónomos pueden acogerse a distintos regímenes del impuesto sobre el valor añadido. En este caso, son más numerosos y tributar en uno u otro depende de la actividad a la que se dediquen y de otras circunstancias. Para evitar problemas y dificultades a la hora de llevar bien estos tributos, también son muy recomendables los programas informáticos especializados como los de HolaSoft. En todo caso, el régimen fiscal de una empresa en cuanto a IVA puede ser:

  • El régimen general. Como su nombre indica, se aplica las actividades no incluidas en otros regímenes. Asimismo, consta de tres tipos impositivos: el 21 %, el 10 % y el 4 % según la clase de producto.
  • El simplificado. Solo pueden estar en él los autónomos, pues uno de sus requisitos es que tributen por módulos en IRPF.
  • Especial de la agricultura, ganadería y pesca.
  • Régimen especial del recargo de equivalencia. También es de aplicación, únicamente, a comerciantes minoristas. No pagan por IVA a Hacienda, sino que sus proveedores les aplican un recargo cuando les compran. Estos son un 5,2 % para el del 21 %; un 1,4 % para el de 10 % y un 0,5 % para el de 4 %.
  • Especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
  • Especial del oro de inversión.
  • Especial de las agencias de viajes.
  • Especiales aplicables a otros servicios. Por ejemplo, a los de telecomunicaciones o a los que se prestan por vía electrónica.
  • Especial del grupo de entidades. Cuando se trata de varias empresas que dependen de otra considerada matriz.

2. Estatuto de autónomos

Además de todo lo explicado, las normas que rigen la actividad individual por cuenta propia se encuentran contenidas en el estatuto de autónomos. Esta norma fue aprobada por la Ley 20/2007 a la que, posteriormente, se añadieron más regulaciones que concretaban algunos aspectos. Por ejemplo, el paro al que tienen derecho estos trabajadores.

El estatuto de autónomos busca equiparar el nivel de protección social del trabajador por cuenta propia con el de los que lo hacen para otros. Entre las medidas que contiene, destacan las siguientes:

  • Define el trabajo autónomo, sus deberes y derechos básicos y quiénes pueden ejercerlo. Por ejemplo, no acepta a menores de 16 años.
  • Crea el Consejo del Trabajo Autónomo y la figura del Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente. Esta última se refiere al que desempeña su labor para un cliente al que factura al menos el 75 % de sus ingresos.
  • Establece medidas sociales para este tipo de trabajadores como la cobertura por incapacidad temporal y la prestación por cese de actividad.
  • Introduce otras novedades. Así, la opción de contratar por cuenta ajena a hijos menores de 30 años que convivan con el autónomo.

3. Normativa fiscal

El estatuto de autónomos no cambia la normativa fiscal del trabajador por cuenta propia. Las leyes en cuanto al impuesto sobre el valor añadido son la 37/ 1992 y su correspondiente reglamento por Real Decreto 1624/1992. Ambos rigen tanto para sociedades como para trabajadores por cuenta propia.

Por su parte, el impuesto de sociedades está determinado en la Ley 27/2014; el Real Decreto 634/2015 y la Orden HFP/523/2023. En cuanto al IRPF, se regula en el Real Decreto 439/2007.

En conclusión, el régimen fiscal de una empresa determina cómo debe tributar por sus ingresos. Es diferente para autónomos y sociedades, pero siempre complejo. Para simplificarlo, lo mejor es utilizar programas informáticos como los que ofrece HolaSoft.