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El modelo 131: guía completa para autónomos y profesionales

Tiempo de lectura: 8 minutos

Una persona usando una calculadora

ÍNDICE

1. ¿Qué es el modelo 131?

2. ¿Para qué sirve el modelo 131?

2.1. Diferencias entre el modelo 130 y el modelo 131.

3. ¿Quién está obligado a presentarlo?

4. Características del Régimen de Estimación Objetiva.

5. ¿Cómo se presenta el modelo 131?

6. ¿Qué debe incluir?

7. Plazos de presentación.

8. ¿Qué ocurre si se presenta fuera de plazo?

9. ¿Debes presentarlo aunque no hayas tenido actividad?

10. ¿Incluye el IVA?

El modelo 131 es una herramienta fundamental para los autónomos y profesionales que tributan en el régimen de Estimación Objetiva, comúnmente conocido como "módulos".

Este modelo permite realizar los pagos fraccionados del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de manera trimestral, facilitando así el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

 


1. ¿Qué es el modelo 131?

El modelo 131 es una declaración tributaria trimestral utilizada por los autónomos que tributan bajo el régimen de Estimación Objetiva, conocido como "módulos". Este modelo se utiliza para declarar el rendimiento de la actividad económica, que se calcula según una serie de parámetros predeterminados por la Agencia Tributaria.

Este modelo permite a los autónomos adelantar parte de su IRPF, un pago fraccionado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Al presentar el modelo 131, los autónomos declaran los ingresos y gastos generados en su actividad durante el trimestre, y deben realizar el pago correspondiente, el cual se considerará un anticipo del IRPF a pagar al final del año.

2. ¿Para qué sirve el modelo 131?

El modelo 131 es esencial para los autónomos que se encuentran en el régimen de Estimación Objetiva. Sirve para realizar pagos fraccionados del IRPF, lo que ayuda a los autónomos a cumplir con sus obligaciones fiscales sin tener que pagar una cantidad grande de impuestos de una sola vez al final del año.

Este modelo es utilizado por actividades económicas cuyo rendimiento se calcula mediante módulos. En lugar de declarar todos los ingresos y gastos reales, como ocurre con el régimen de Estimación Directa, en Estimación Objetiva se utilizan indicadores como el número de empleados, el tamaño del local o la superficie cultivada, para estimar el rendimiento de la actividad.

2.1. Diferencias entre el modelo 130 y el modelo 131

Aunque ambos modelos sirven para la autoliquidación del IRPF, existen diferencias clave:​

  • Modelo 130: Dirigido a contribuyentes en Estimación Directa. Se calcula en base a los ingresos y gastos reales.

  • Modelo 131: Dirigido a contribuyentes en Estimación Objetiva (módulos). Se basa en parámetros objetivos previamente establecidos.​

La elección entre uno u otro régimen depende de las características de la actividad y de las preferencias del contribuyente, siempre que cumpla con los requisitos legales.

3. ¿Quién está obligado a presentarlo?

La obligatoriedad de presentar el modelo 131 recae sobre:

  • Autónomos y profesionales: Que desarrollen actividades económicas acogidas al régimen de Estimación Objetiva.​

  • Sociedades civiles y comunidades de bienes: Integradas por personas físicas que realicen actividades económicas en módulos.​

Es importante destacar que no todas las actividades pueden acogerse a este régimen. La Agencia Tributaria establece una lista de actividades permitidas, y el contribuyente debe cumplir con ciertos requisitos, como no superar los límites de ingresos y gastos establecidos.

4. Características del Régimen de Estimación Objetiva

El modelo 131 está destinado a autónomos que tributan bajo el régimen de Estimación Objetiva, también conocido como "módulos". Este sistema simplifica la tributación al establecer módulos o índices que determinan el rendimiento neto de la actividad económica, basándose en parámetros objetivos como:

  • Coste de productos y servicios: Debe ser inferior a 250.000 euros anuales.​

  • Ingresos anuales: Limitados a 250.000 euros para actividades económicas, agrícolas o ganaderas, y 125.000 euros si están obligadas a emitir factura.​

  • Clasificación en la Orden Ministerial: La actividad debe estar incluida en la normativa anual que regula este régimen.

  • Régimen especial del IVA: Aplicable a actividades acogidas a regímenes como el simplificado, de ganadería, agricultura, pesca o recargo de equivalencia.

Estos criterios deben seleccionarse al presentar el modelo 036 de declaración censal.

5. ¿Cómo se presenta el modelo 131?

La Agencia Tributaria ofrece dos modalidades para la presentación del modelo 131:

  1. Presentación electrónica: A través de la sede electrónica de la AEAT, utilizando certificado digital, Cl@ve PIN o DNIe.

  2. Presentación en papel: Mediante el formulario disponible en la web de la AEAT, que se puede cumplimentar en línea y presentar en las oficinas de la Agencia Tributaria. 

Para la presentación electrónica, es necesario acceder al formulario específico del modelo 131 en la sede electrónica de la AEAT, identificarse con los medios mencionados y seguir las instrucciones proporcionadas.

6. ¿Qué debe incluir?

En el modelo 131, los autónomos deben reflejar los siguientes aspectos:

  1. Rendimiento de la actividad: El autónomo debe declarar los ingresos derivados de su actividad económica durante el trimestre.

  2. Gastos deducibles: Se pueden incluir los gastos necesarios para llevar a cabo la actividad económica.

  3. Retenciones: En algunos casos, los autónomos pueden aplicar retenciones en las facturas emitidas a otros autónomos o empresas.

7. Plazos de presentación

El modelo 131 se presenta de manera trimestral, y los plazos para su presentación son los siguientes:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.

  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.

  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.

  • Cuarto trimestre: del 1 al 20 de enero del año siguiente.

Si la fecha límite cae en un sábado, domingo o festivo, el plazo se amplía hasta el siguiente día hábil.

8. ¿Qué ocurre si se presenta fuera de plazo?

Si se presenta el modelo 131 fuera de plazo, el autónomo puede enfrentarse a una sanción o recargo. Si no ha recibido un requerimiento previo de Hacienda, solo se aplicarán intereses de demora. Si ha recibido el requerimiento, la sanción será mayor.

Es recomendable presentar el modelo lo antes posible si se ha pasado la fecha límite para evitar recargos adicionales.

9. ¿Debes presentarlo aunque no hayas tenido actividad?

Aunque no se haya tenido actividad durante el trimestre, es necesario presentar el modelo 131 para informar a Hacienda de que no se ha generado ningún rendimiento. De no presentarlo, podría haber problemas con la Agencia Tributaria.

10. ¿Incluye el IVA?

No. El modelo 131 está destinado exclusivamente a la declaración de los rendimientos netos de la actividad económica, no a la gestión del IVA. Si un autónomo está sujeto al IVA, deberá presentar el modelo 303 para declarar este impuesto.

 

El modelo 131 es esencial para los autónomos y profesionales que tributan en el régimen de Estimación Objetiva, permitiendo una gestión más sencilla y predecible de sus obligaciones fiscales. Es crucial conocer quiénes están obligados a presentarlo, las diferencias con otros modelos como el 130, los plazos establecidos y los métodos de presentación disponibles. Mantenerse informado y cumplir puntualmente con estas obligaciones contribuye a una actividad económica sostenible y evita posibles sanciones.