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¿Qué es y cómo funciona la inversión del sujeto pasivo?

Tiempo de lectura: 8 minutos

Artículo sobre la inversión del sujeto pasivo

Bajo el mecanismo de inversión del sujeto pasivo en el IVA, el consumidor final paga el impuesto directamente al Estado.

ÍNDICE

 

1. ¿Qué es la inversión del sujeto pasivo en el IVA?

1.1. ¿Cuándo se aplica?

1.2. ¿Cuál es el objetivo de la inversión del sujeto pasivo?

2. ¿Cómo funciona la inversión del sujeto pasivo en el IVA?

2.1. Inversión del sujeto pasivo y modelo 303.

3. Inversión del sujeto pasivo en el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario)

De manera general, cuando una empresa o profesional autónomo suministra bienes o servicios, recauda el IVA en nombre de sus clientes, y luego lo reintegra a la Administración. En el caso que nos ocupa, y que se aplica en el marco tributario europeo, existen diferencias en el mecanismo de recaudación. A continuación, explicamos las particularidades de la inversión del sujeto pasivo.

1. ¿Qué es la inversión del sujeto pasivo en el IVA?

Se trata de un sistema fiscal que implica que el destinatario de la operación, el comprador, está obligado a devengar el IVA. El comprador deberá registrar el IVA sobre las compras (IVA soportado) y las ventas (IVA repercutido) en su declaración de cada mes o trimestre (según su umbral anual). El IVA contabilizado por un comprador será deducible como IVA soportado en la misma declaración.

1.1. ¿Cuándo se aplica?

Tras haber analizado qué es, vamos a ver en qué casos se aplica. Los siguientes son los más destacados:

  • Cuando tengan lugar operaciones realizadas por personas físicas u organizaciones que no se encuentren en la zona de aplicación del impuesto.
  • En operaciones que impliquen la entrega de oro sin manufacturar o de productos que tengan la condición de semielaborados, y cuya ley sea igual o superior a las 325 milésimas.
  • Si se producen entregas de desperdicios o desechos industriales.
  • Siempre que se preste un servicio cuya finalidad sean las reducciones certificadas de emisiones de gases de efecto invernadero.
  • Cuando se produzcan entregas de inmuebles que sean el resultado de un proceso concursal.
  • En operaciones en las que se dé una entrega de bienes inmuebles de carácter exento tipificada en los apartados 20-22 del artículo 20. Uno de la ley de IVA si el sujeto pasivo ha renunciado a la exención.
  • En entregas de inmuebles como resultado de la ejecución de la garantía constituida sobre dichos bienes.
  • Cuando se realiza una obra, se aporten o no los materiales de construcción, o cesiones de personal para acometerla, que sean resultado de contratos formalizados entre el promotor y el contratista.
  • Cuando se rehabilite un local dedicado a la actividad empresarial y sea el arrendatario el que la lleva a cabo. Estas obras pueden tener lugar en espacios propiedad de terceros o de la parte que procede a la rehabilitación.
  • En operaciones de compraventa de terminales móviles, dispositivos de gaming, computadoras de escritorio, ordenadores portátiles y tabletas siempre que el destinatario sea un profesional u organización empresarial con la condición de revendedor. También en el caso de que, sin ser revendedor, la base imponible de la entrega sea superior a 10 000 euros.

1.2. ¿Cuál es el objetivo de la inversión del sujeto pasivo?

Es necesario para aplicar la tasa impositiva interna a las compras en el extranjero. Tiene como objetivo eliminar cualquier ventaja fiscal de comprar productos o servicios en el extranjero sobre las compras nacionales.

2. ¿Cómo funciona la inversión del sujeto pasivo en el IVA?

Las facturas incluidas en este mecanismo se emiten sin IVA y el prestador de servicios o vendedor ha de indicar en la factura la condición de operación con inversión del sujeto pasivo. También, han de incluir la siguiente indicación: “Operación con inversión del sujeto pasivo conforme al artículo 84.Uno.2º de la Ley 37/1992”.

2.1. Inversión del sujeto pasivo y modelo 303

El principal recurso de gestión documental previsto para proceder a la inversión del sujeto pasivo es el modelo 303. El emisor de la factura tendrá que reflejar los importes correspondientes en el modelo. Se hará con propósito informativo, en el apartado “Operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo que originan el derecho a la deducción”.

Además, se ha de trasladar la suma de dichos importes al modelo 390. Se hará en el apartado “Operaciones no sujetas por reglas de localización o con inversión del sujeto pasivo”.

En otro orden, el receptor de las facturas con esta condición, o comprador del bien o servicio, tiene que proceder a la tenencia de la factura que ha recibido en esta modalidad invertida. La base imponible se declara en el 303, IVA devengado (casillas 12-13). Y también en las casillas correspondientes al IVA deducible.

3. Inversión del sujeto pasivo en el IGIC (impuesto general indirecto canario)

En Canarias, como sucede en otros ámbitos fiscales, la inversión del sujeto pasivo según el IGIC se da en el momento que una organización con actividad mercantil o un profesional que preste servicios (con sede en la Península) realice una factura a nombre de un residente en las islas.

Por otro lado, si dicha empresa o profesional autónomo está establecido en las islas Canarias y presta sus servicios en territorio peninsular o en las Baleares, tendrá que proceder a aplicar este mecanismo en la factura.

Como puede deducirse, cuando aplicamos este sistema fiscal en el IGIC existe la norma de que el emisor y el receptor de la factura han de ser profesionales autónomos o empresas para proceder a su aplicación.

Cabe señalar que hay otros casos en los que se invierte el sujeto pasivo en el régimen especial canario. Tales supuestos se recogen en la Ley 20/1991, de 7 de junio. Se trata de los mismos referenciados en el artículo 84.1.2º de la ley de IVA.

En definitiva, la utilización de este sistema fiscal en el IVA implica un cambio en la dirección de la aplicación habitual del impuesto sobre el valor añadido. En lugar de ser el empresario o profesional que vende productos o presta servicios quien devenga el impuesto, es el receptor de dichos bienes o servicios quien tiene que ocuparse de ellos. Es recomendable revisar los aspectos concretos de los marcos legales vigentes al respecto en el entorno comunitario.