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Modelo 130: qué es, quién debe presentarlo y cómo hacerlo paso a paso

Tiempo de lectura: 8 minutos

Un folio con las siglas IRPF y monedas

ÍNDICE

1. ¿Qué es el modelo 130 de Hacienda?

2. ¿Para qué sirve el modelo 130?

3. ¿Qué es el IRPF para autónomos?

4. ¿Quién está obligado a presentar el modelo 130?

5. Modelo 130 y retenciones profesionales: ¿en qué se diferencian?

6. ¿El modelo 130 lleva IVA?

7. Plazos de presentación del modelo 130

8. Cómo presentar el modelo 130 paso a paso

9. ¿Qué pasa si presentas el modelo 130 fuera de plazo?

10. ¿Y si no has tenido actividad? ¿También hay que presentarlo?

 

¿Te sientes perdido cuando tienes que presentar el modelo 130? ¿No sabes muy bien en qué consiste este modelo y cuáles son tus obligaciones fiscales?

¡No te preocupes!

En este artículo te explicaremos de forma clara y sencilla todo lo que necesitas saber sobre el modelo 130 de IRPF y cómo cumplir con tus obligaciones tributarias.


1. ¿Qué es el modelo 130 de Hacienda?

El modelo 130 es un modelo tributario trimestral con el que los autónomos adelantan el pago fraccionado del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) que le pagan a Hacienda por su actividad.

2. ¿Para qué sirve el modelo 130?

Si eres autónomo, profesional o socio de una sociedad civil o comunidad de bienes, debes utilizar el modelo 130 para declarar los beneficios que obtienes por tu actividad económica.

Lo presentas cada trimestre y adelantas el dinero que tendrás que pagar en tu Declaración de la Renta anual. Es una forma de ir pagando tu IRPF poco a poco, en lugar de asumirlo todo de golpe al final del año.

3. ¿Qué es el IRPF para autónomos?

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF es un impuesto personal, es decir, que grava a las personas, incluidos los autónomos. Lo tendrás que pagar de forma mensual, anual o mediante las facturas, dependiendo del tipo de actividad y del régimen fiscal en el que estés inscrito.

4. ¿Quién está obligado a presentar el modelo 130?

Es obligatorio para personas físicas, miembros de sociedades civiles y comunidades de bienes que ejerzan actividades económicas y estén dados de alta en el régimen de estimación directa (normal o simplificada).

También es obligatorio para todos aquellos autónomos que desarrolléis una actividad calificada de empresarial (según se recoge en los Epígrafes del IAE), excepto si estáis en el sistema de módulos, ya que entonces deberéis presentar el modelo 131.

Si eres un autónomo profesional, la obligación de presentar el modelo 130 depende del porcentaje de retenciones que hayas aplicado el año anterior:

  • Si aplicaste retenciones sobre al menos el 70% de tus ingresos, ¡genial! No tienes que presentar el modelo 130.

  • Si no aplicaste retenciones o lo hiciste en un porcentaje menor al 70%, sí que estás obligado a presentarlo.

Además, el alta que hiciste como autónomo es crucial para determinar tu obligación de presentar el modelo 130. Ya que, independientemente de tu obligación, si marcaste la casilla 600 del modelo 036 o 037 (pago fraccionado del IRPF), entonces deberás declararlo sí o sí.

5. Modelo 130 y retenciones profesionales: ¿en qué se diferencian?

¿Sabías que tanto el modelo 130 como las retenciones profesionales son dos formas diferentes de pagar el IRPF a Hacienda?
Pero, ¿en qué se diferencian exactamente?

Con el modelo 130, le adelantas a Hacienda el 20% del beneficio de tu actividad cada trimestre, en lugar de tener que pagarlo de una sola vez en la declaración de la renta.

Mientras que con las retenciones profesionales, incluyes un 15 % de impuestos (si eres un nuevo autónomo, puede ser un 7 %) en las facturas que emites a tus clientes, si estos son empresas o autónomos españoles.
Solo se aplica el IRPF en estos casos, porque ellos ingresan ese IRPF en Hacienda mediante el modelo 111.

En resumen: tanto en el modelo 130 como en las retenciones profesionales, estás adelantando a Hacienda una parte del impuesto sobre la renta que te corresponderá pagar en la declaración siguiente.

¡Y así no tendrás que enfrentarte a un gran pago a final de año!

6. ¿El modelo 130 lleva IVA?

Quizás te has preguntado si en el modelo 130 debes incluir la información relativa al IVA o no.

La respuesta es no.
En este modelo solo debes incluir tus ingresos, gastos y retenciones, sin tener en cuenta el IVA.

Para la información relativa al Impuesto del Valor Añadido, existe un modelo específico: el modelo 303.

7. Plazos de presentación del modelo 130.

Como ya hemos mencionado, el modelo 130 se presenta de forma trimestral.
Los plazos de presentación que marca la Agencia Tributaria son los siguientes:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril

  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio

  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre

  • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero

Si la fecha límite para presentar el modelo coincide con sábado, domingo o festivo, el plazo se amplía al siguiente día hábil, pudiéndose presentar sin ningún tipo de sanción.

8. Cómo presentar el modelo 130 paso a paso.

Para poder presentar el modelo, debes acceder al formulario desde la página de la AEAT.
Aquí deberás identificarte con el certificado digital o Cl@vePIN.

Una vez dentro, puedes importar el archivo .TXT, siempre y cuando tu programa de gestión administrativa te permita descargarte este tipo de documentos.

Por ejemplo, los que usáis Quipu, podréis generar este fichero en un par de clics y el modelo 130 se completará automáticamente, y quedará listo para descargar.

Por último, clicas “firmar y enviar” y ya está… ¡modelo presentado!

9. ¿Qué pasa si presentas el modelo 130 fuera de plazo?

Si se te pasa el plazo para presentar el modelo 130, lo mejor es presentarlo en cuanto te des cuenta. Puedes hacerlo en las oficinas de la AEAT o de forma telemática.

Y cuando ya lo hayas presentado, ¿qué pasa?

La sanción o recargo depende de dos factores:

  • Del tiempo de demora

  • Si la declaración es a ingresar o a devolver

🔑 DATO CLAVE: Si Hacienda no te ha mandado requerimiento previo avisando del retraso, te aplicarán intereses por haberlo abonado tarde.

Y si te han tenido que mandar un requerimiento, a los recargos le tendrás que sumar la correspondiente sanción, con lo que la cantidad a pagar será mayor.

10. ¿Y si no has tenido actividad? ¿También hay que presentarlo?

Si durante el trimestre no has tenido ninguna actividad y, por lo tanto, no has emitido ninguna factura con retención, aún debes presentar este modelo.

Es necesario informar a Hacienda de que no has realizado ninguna actividad durante el periodo correspondiente.

 

Ahora ya sabes todo lo necesario sobre el modelo 130 y cómo cumplir con tus obligaciones fiscales fácilmente.

Este modelo, aunque pueda parecer complejo al principio, te ayuda a mantener tus impuestos al día y evitar sorpresas en la declaración anual.